Da帽o Moral

蟀儹 2025-06-06 (updated: 2025-06-06 )

馃搫 Da帽o moral

En la acci贸n de inconstitucionalidad promovida por los padres de un menor fallecido por electrocuci贸n, atribuida a una falla de la Administraci贸n Nacional de Electricidad (ANDE). El caso se origina en un juicio de responsabilidad extracontractual, donde en primera instancia se concede una indemnizaci贸n por da帽o moral, pero se rechazan los rubros de p茅rdida de chance e intereses desde la demanda.

Los accionantes cuestionan la constitucionalidad de las resoluciones del Juzgado de Primera Instancia y del Tribunal de Apelaci贸n Quinta Sala, alegando violaciones a los art铆culos 16, 17, 137 y 256 de la Constituci贸n Nacional paraguaya. Alegan arbitrariedad, falta de congruencia, fundamentaci贸n insuficiente y contradicciones l贸gicas en las sentencias.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia concluye que s铆 existieron vicios graves, particularmente:

  • Incongruencia extra petita (el tribunal se apart贸 de lo planteado por las partes, especialmente en relaci贸n con el rechazo de la p茅rdida de chance);
  • Contradicciones internas en las resoluciones, particularmente sobre si ciertos rubros fueron o no concedidos;
  • Falta de motivaci贸n razonable para determinar el monto del da帽o moral.

Por lo tanto, la Corte hace lugar a la acci贸n de inconstitucionalidad, declara la nulidad del Acuerdo y Sentencia N.潞 111 de 2018, y ordena el reenv铆o a un nuevo tribunal.


馃摎 Informaci贸n externa complementaria

En doctrina y jurisprudencia comparada, especialmente en Argentina y Paraguay, se ha sostenido que la p茅rdida de chance es un da帽o aut贸nomo indemnizable cuando hay alta probabilidad de que una expectativa (econ贸mica o vital) se hubiera concretado de no mediar el hecho da帽ino. La exclusi贸n autom谩tica de este rubro en menores, como en este caso, ha sido criticada por no considerar adecuadamente las condiciones familiares y contextuales.

Respecto al da帽o moral, se reconoce su naturaleza no patrimonial, y se exige al juez una motivaci贸n razonada, aunque libre, conforme al principio de prudente arbitrio judicial. Seg煤n autores como Antonio Tellechea y L贸pez Mesa, la falta de motivaci贸n suficiente puede constituir un vicio constitucional, como ocurri贸 aqu铆.

En cuanto al principio de congruencia procesal, la Corte Suprema ha sostenido reiteradamente que es una garant铆a del debido proceso y que su vulneraci贸n constituye causal de nulidad constitucional (cf. Alvarado Velloso, Lecciones de Derecho Procesal Civil).


馃敄 Entrada BibTeX

@case{CSJPY2019inconstitucionalidad,
  title     = {Acci贸n de inconstitucionalidad promovida por Arnaldo Joel Gonz谩lez Insfr谩n c/ Administraci贸n Nacional de Electricidad (ANDE) s/ Indemnizaci贸n de da帽os y perjuicios por responsabilidad extracontractual},
  year      = {2019},
  number    = {Expediente N.潞 2156/2019},
  court     = {Corte Suprema de Justicia, Sala Constitucional, Paraguay},
  date      = {2021-07-01},
  note      = {Se resolvi贸 hacer lugar a la acci贸n de inconstitucionalidad y declarar la nulidad del Acuerdo y Sentencia N.潞 111/2018},
  keywords  = {inconstitucionalidad, p茅rdida de chance, da帽o moral, congruencia procesal, responsabilidad extracontractual, Paraguay},
  url       = {https://www.csj.gov.py}
}